Hace algunos años surgió un régimen intermedio para las personas físicas que realizan actividades empresariales cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior no hubieran excedido de $4?000,000.00.
En este régimen, se contempla una serie de beneficios fiscales para ellas, entre los que destacan la deducción de las erogaciones efectivamente realizadas en el ejercicio para la adquisición de inversiones en activos fijos, gastos y cargos diferidos, como si se tratara de gastos, es decir, en un sólo ejercicio y no en varios, el cumplimiento de menos obligaciones fiscales, la acumulación de los ingresos hasta que sean efectiva-mente cobrados, etcétera.
Asimismo, durante 2008 se crearon dos impuestos federales: el impuesto empresarial a tasa única (IETU) y el impuesto a los depósitos en efectivo (IDE). Tales impuestos son aplicables a las personas físicas que tributan en el régimen intermedio a las actividades empresariales.