En diciembre de 2019, las autoridades chinas anunciaron el brote del coronavirus SARS-COV2 (Covid-19), comenzando así una serie de medidas de distanciamiento y resguardo a nivel mundial, a fin de evitar la alta propagación del virus, el cual arribó a los países europeos y finalmente a nuestro país en marzo de 2020.
El Consejo de Salubridad General emitió medidas encaminadas a lograr que el número de casos de contagio no se incrementara en forma descomunal, dando lugar a una escisión entre actividades esenciales y no esenciales, lo que sin duda produjo el cierre de establecimientos comerciales y restricciones en sus actividades diarias, propiciando una reducción en los ingresos y, por ende, la afectación de todo tipo de compromisos adquiridos, tanto laborales como civiles y mercantiles.
Todas las ramas del Derecho fueron sorprendidas por esta situación dado que la legislación nacional nunca había previsto la necesidad de un cierre tan prolongado. Con ello surgen las interrogantes desde el punto de vista laboral y de seguridad social, al cual se sumaron las civiles y mercantiles, principalmente por cuanto a contratos de arrendamientos respecta, y sin duda, en la preocupación económica el tema fiscal se hizo presente, tanto para contribuyentes como para asesores.