Los delitos fiscales se encuentran previstos en tres leyes diversas en el Código Fiscal de la Federación, en la Ley del Seguro Social y en la LINFONAVIT. La única forma de poder conocer estos delitos a fondo es analizándolos y comparándolos para así percatarse de las incongruencias que existen entre ellos.
Lo anterior sirve para conocer la inconstitucionalidad de varias figuras que son idénticas, previstas en ordenamientos diversos, y que tienen diversas penas, diversos requisitos de procedibilidad, diversos términos de prescripción, lo que hace que se aprecie violación al principio de proporcionalidad o de igualdad.
Aunado a lo anterior, conociendo las diversas figuras delictivas y procesales se podrá solicitar en algunos casos la analogía in bonam partem respecto de ciertos beneficios que se dan en algún ordenamiento y en otros no. Todo lo previamente mencionado constituye una llamada de atención al legislador federal para que armonice los múltiples errores que se aprecian en los delitos fiscales.